NOM-020-STPS-2011: Guía de Recipientes Sujetos a Presión y Calderas (Actualizada 2026)
La NOM-020-STPS-2011 es la norma de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) que fija las condiciones de seguridad para el funcionamiento de recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y calderas. Si en tu planta hay un compresor con tanque, una autoclave, un tanque de nitrógeno líquido o una caldera de vapor, es muy probable que te aplique.
La norma sigue vigente y su contenido no cambió en 2026. Lo que cambió, desde el 1 de septiembre, es el trámite ante la STPS para los equipos de categoría III. En esta guía te explicamos cómo clasificar tus equipos, qué exige cada categoría, cómo quedó el nuevo trámite de número de control y cómo dar a tus operadores el entrenamiento teórico-práctico que pide la norma.

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Qué es la NOM-020-STPS-2011 y a qué equipos aplica
Su nombre completo es NOM-020-STPS-2011, Recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas – Funcionamiento – Condiciones de seguridad. Se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2011, entró en vigor el 27 de junio de 2012 y su objetivo es prevenir riesgos a los trabajadores y daños a las instalaciones.
Aplica en todo el país, en cualquier centro de trabajo donde funcione alguno de estos equipos:
Recipientes sujetos a presión: aparatos construidos para operar arriba de la presión atmosférica o en vacío. Por ejemplo, el tanque pulmón de un compresor, una autoclave, un reactor o un intercambiador de calor.
Recipientes criogénicos: tanques de doble pared que contienen fluidos como nitrógeno, oxígeno o argón líquidos, o gases licuados como el bióxido de carbono.
Generadores de vapor o calderas: equipos que generan vapor o calientan un líquido con el calor de una combustión, de una reacción química o de energía solar o eléctrica.
Quedan fuera, entre otros (numeral 2.2):
Los recipientes que se usan como extintores.
Los cilindros y demás recipientes portátiles con gases comprimidos.
Los contenedores que trabajan a presión atmosférica.
Las tuberías y los cabezales que no funcionan como acumuladores de fluidos.
Los recipientes de gas LP, que regula la Secretaría de Energía.
Los recipientes de equipos móviles asociados a su sistema de frenado.
Puedes consultar el texto oficial de la NOM-020-STPS-2011 en el Catálogo Mexicano de Normas.
Qué cambió en 2026: del aviso al número de control
El 31 de agosto de 2026 se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se establecen acciones de simplificación para trámites que se realizan ante la STPS. Entró en vigor el 1 de septiembre y cambia cómo se tramita, no lo que exige la norma.
Para los equipos de categoría III, esto es lo nuevo:
Un solo trámite. Los dos avisos que existían —el de cumplimiento (STPS-08-003) y el de equipos alterados o reubicados (STPS-08-002)— se fusionaron en la «Solicitud de número de control para el funcionamiento de los recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas, clasificados en la categoría III», que conserva la homoclave STPS-08-003.
Menos requisitos. El acuerdo eliminó la carta poder y el poder notarial del representante legal. La base del trámite es el formato de solicitud, acompañado del dictamen de evaluación de la conformidad de la unidad de verificación. Antes de presentarlo, revisa la ficha vigente del trámite STPS-08-003.
Respuesta en 5 días hábiles. Es el plazo de resolución que fija el acuerdo.
Sin papeles repetidos. La STPS no puede pedirte documentos que ella misma emitió, copias simples ni requisitos que no estén en la lista.
Cuidado con los datos. Si la STPS encuentra inconsistencias en la información que presentas, no asigna el número de control.
Los trámites presentados antes del 1 de septiembre siguen las reglas vigentes al momento en que se presentaron.
Lo que no cambió: la solicitud se presenta antes de poner el equipo en funcionamiento y se repite a los diez años si el equipo era nuevo, o a los cinco si era usado; después, cada cinco años, dentro de los sesenta días naturales previos al cierre de cada periodo. Desde la modificación de 2017, esos plazos se cuentan a partir de la última prueba de presión o examen no destructivo concluido satisfactoriamente. Si alteras o reubicas un equipo de categoría III, también tienes que tramitarlo antes de volver a operarlo.
Cómo clasificar tus equipos en categoría I, II o III
Clasificar es la primera obligación (numeral 5.1) y define todo lo demás. Para cada equipo necesitas tres datos:
El fluido que maneja: agua, aire o fluido no peligroso, o fluido peligroso.
La presión de calibración de su dispositivo de relevo de presión, como la válvula de seguridad o el disco de ruptura. No la presión de operación.
El volumen del recipiente o, en las calderas, su capacidad térmica.
Para la norma, un fluido es peligroso si representa un riesgo a la salud, de inflamabilidad o de reactividad, o si opera a más de 50 °C o a menos de -10 °C (numeral 4.12).
Así se clasifican los recipientes sujetos a presión, en kg/cm² y litros, según la Guía de Referencia II de la norma:
Categoría | Fluido | Presión de calibración | Volumen |
I | Agua, aire o no peligroso | Hasta 5 kg/cm² | Hasta 500 L |
II | Agua, aire o no peligroso | Hasta 5 kg/cm² | Más de 500 L |
II | Agua, aire o no peligroso | Más de 5 y hasta 8 kg/cm² | Hasta 1,000 L |
II | Peligroso | Hasta 7 kg/cm² | Hasta 1,000 L |
III | Agua, aire o no peligroso | Más de 5 y hasta 8 kg/cm² | Más de 1,000 L |
III | Agua, aire o no peligroso | Más de 8 kg/cm² | Cualquiera |
III | Peligroso | Hasta 7 kg/cm² | Más de 1,000 L |
III | Peligroso | Más de 7 kg/cm² | Cualquiera |
En kilopascales, los cortes son 490.33 kPa (5 kg/cm²), 686.47 kPa (7 kg/cm²) y 784.53 kPa (8 kg/cm²).
Recipientes criogénicos: son categoría II hasta 1,000 litros y categoría III arriba de ese volumen. No hay criogénicos en categoría I.
Calderas: son categoría II si la presión de calibración de la primera válvula de seguridad es de hasta 5 kg/cm² y su capacidad térmica de hasta 400,000 kcal/h (1,674.72 MJ/h). Si rebasan cualquiera de los dos valores, son categoría III. Tampoco hay calderas en categoría I.
Qué exige la NOM-020 según la categoría
Para todos los equipos (categorías I, II y III):
Un listado actualizado con el número de serie o TAG, la categoría, el fluido, la presión de calibración, el volumen o la capacidad térmica y la ubicación de cada equipo (5.2).
Un expediente por equipo, con su ficha técnica y el registro de revisiones y mantenimientos (5.3).
Procedimientos de operación, revisión y mantenimiento en español (5.6).
Programas de revisión y calibración de instrumentos de control y dispositivos de relevo de presión, y evidencia de que esos dispositivos funcionan (5.5 y 5.11).
Las condiciones de seguridad del capítulo 12: identificación del equipo, manómetro, dispositivo de relevo de presión y espacio para operarlo y darle mantenimiento.
Informar a los trabajadores y a la comisión de seguridad e higiene sobre los peligros de los equipos y de sus fluidos (5.14).
Además, en las categorías II y III:
Programas específicos de revisión y mantenimiento (5.4) y manuales de operación con arranque y paro seguro y atención de emergencias (capítulo 11).
Protecciones físicas donde puedan recibir golpes de vehículos, aislamiento contra el contacto con temperaturas extremas, señalización de los fluidos y, si manejan inflamables o combustibles, tierra física y medios de extinción conforme a la NOM-002-STPS (12.1.2).
Pruebas de presión o exámenes no destructivos (5.10).
Un plan de atención a emergencias para estos equipos (5.12).
Capacitación del personal que los opera, mantiene, repara o prueba (5.15).
Registros de operación y de resultados de revisiones, mantenimientos y pruebas (5.16 y 5.17).
Además, en la categoría III:
El dictamen de una unidad de verificación y el número de control de la STPS (5.13 y capítulo 16).
Un expediente más completo, que incluye la memoria de cálculo firmada por un ingeniero con cédula profesional (9.3).
Las reparaciones que requieren soldadura o alteraciones las hace personal calificado, con procedimientos definidos (5.8); si es tu caso, revisa también nuestra guía de la NOM-027-STPS de corte y soldadura. La documentación se conserva al menos diez años en equipos nuevos y cinco en equipos usados (20.4). Incumplir una norma de seguridad se sanciona con multas de 250 a 5,000 UMA (Ley Federal del Trabajo, artículo 994, fracción V).
Pruebas de presión, válvulas de seguridad y manómetros
Pruebas de presión o exámenes no destructivos (categorías II y III). En un equipo nuevo con certificado de fabricación, la primera se hace antes de que se cumplan diez años del certificado. En un equipo usado, o nuevo sin certificado, se hace antes de ponerlo en funcionamiento. Después, al menos cada cinco años, dentro de los sesenta días naturales previos al cierre de cada quinquenio (13.1).
Quién las avala. Las pruebas de presión, un ingeniero con conocimientos en la materia; los exámenes no destructivos, personal certificado (13.2).
Válvulas de seguridad. La presión de calibración del dispositivo principal debe ser menor o igual a la presión de trabajo máxima permitida y mayor a la presión de operación (14.2).
Manómetros. En las categorías II y III, su rango debe ser de 1.5 a 4 veces la presión de operación, o la lectura de operación debe quedar en el segundo tercio de la carátula (12.2.1 y 12.2.3).
Calderas. No puede haber válvulas de cierre entre la caldera y sus dispositivos de relevo de presión (12.2.3). Además, se prueban sus paros de seguridad por alta presión de vapor, alto o bajo nivel de agua y falla de flama, entre otros (13.6).
Qué capacitación exige la NOM-020
La norma pide capacitar al personal que opera, mantiene, repara o hace pruebas de presión y exámenes no destructivos en equipos de categoría II y III (5.15). Y no se queda en la teoría: el capítulo 17 habla de entrenamiento teórico-práctico.
Ese entrenamiento debe dejar al trabajador listo para:
Interpretar los conceptos de su equipo: presión y temperatura de diseño y de operación, presión de trabajo máxima permitida, presión de calibración, capacidad, planos, señalización, instrumentos, dispositivos de relevo, límites seguros de operación y transitorios relevantes.
Identificar si el fluido es tóxico, inflamable o reactivo.
Reconocer y atender los riesgos de la presión y la temperatura.
Mantener el equipo y sus dispositivos de seguridad dentro de sus límites de operación.
Aplicar los procedimientos de operación, revisión, mantenimiento, reparación y pruebas que le correspondan.
Revisar dispositivos de relevo, elementos de seguridad e instrumentos de control, incluidas las operaciones de paro de emergencia.
Controlar los cambios en las condiciones de operación o en los fluidos.
Si el equipo está en comodato, como un tanque criogénico o un compresor de tu proveedor, la capacitación la da el dueño del equipo, que entrega copia de la evidencia a tu centro de trabajo (17.2).
La norma no fija horas ni periodicidad, pero sí tienes que poder demostrar la capacitación. El procedimiento de evaluación combina revisión de documentos y registros, revisión física y entrevistas a una muestra de trabajadores (20.2 y 20.3). La evidencia suele documentarse con la constancia DC-3, que expide tu empresa, un instructor interno acreditado o un agente capacitador externo registrado ante la STPS. LatAR no emite constancias DC-3.
Por qué la práctica es lo más difícil de entrenar en una caldera real
La teoría cabe en un aula. La práctica que pide la norma —límites seguros, transitorios relevantes y paro de emergencia— se refiere justo a situaciones que nadie quiere provocar en un equipo en operación:
No vas a bajar el nivel de agua de una caldera para que el operador vea cómo actúa el paro por bajo nivel.
No vas a provocar una falla de flama o una sobrepresión para que alguien practique.
El arranque, con su barrido de gases, suele aprenderse viendo al operador con más antigüedad, y cada quien puede terminar haciéndolo a su manera.
Las emergencias son poco frecuentes, así que el procedimiento de paro se puede olvidar entre una y otra.
Detener una caldera o un compresor para entrenar cuesta producción.
Por eso la parte práctica suele reducirse a un recorrido frente al equipo. Sirve para conocerlo, pero no deja al operador ensayar la decisión que importa cuando una lectura se sale de rango.
Cómo entrenar la NOM-020 con realidad virtual
Un simulador de realidad virtual cubre esa parte práctica. Con un visor, el operador entra a una réplica en 3D de tu cuarto de calderas o de tu sistema de aire comprimido —el gemelo digital de tus equipos— y practica lo que en el equipo real no se puede ensayar:
Revisión antes de operar: el recorrido de verificación que la norma le pide al trabajador antes de usar el equipo (6.1).
Arranque y paro seguro, con la secuencia de tu manual de operación, incluido el barrido de gases antes de encender el quemador.
Lectura de instrumentos: manómetros, indicadores de nivel, temperaturas y alarmas, contra los límites seguros de tu equipo.
Respuesta a emergencias: bajo nivel de agua, falla de flama, sobrepresión o disparo de una válvula de seguridad, con la consecuencia visible cuando el operador se equivoca.
Preparación para mantenimiento: el aislamiento de energías y la liberación de la presión residual, que conecta con tu procedimiento de candado y etiquetado. Y si el mantenimiento incluye entrar a un recipiente, con tu permiso de espacios confinados.
Cada intento queda medido: pasos ejecutados, errores críticos y tiempo. El operador ve su resultado al terminar la sesión en el visor, y los resultados se pueden exportar a CSV.
En LatAR desarrollamos estos simuladores a la medida, a partir de las fotografías, los planos y el manual de operación de tus equipos. En nuestra guía de cuánto cuesta implementar VR para capacitación industrial explicamos de qué depende el precio.
Un límite que conviene tener claro: el simulador no sustituye la práctica supervisada en el equipo real, ni el manual de operación, ni el dictamen de la unidad de verificación. Su lugar está entre el aula y la caldera, dentro de tu dojo de entrenamiento: el operador llega al equipo real sabiendo la secuencia y habiendo visto qué pasa cuando algo sale mal.
¿Tienes calderas o recipientes de categoría II o III y quieres que tus operadores practiquen el paro de emergencia sin riesgo? Cuéntanos qué equipos tienes y te decimos qué conviene simular.
Errores que conviene revisar antes de una inspección
Clasificar con la presión de operación. La categoría se define con la presión de calibración del dispositivo de relevo.
Cambiar una válvula de seguridad sin revisar la categoría. Una calibración más alta puede mover el equipo a otra categoría y sumarle obligaciones, incluido el número de control.
Dejar fuera del listado los equipos en comodato. Si están instalados en tu planta, van en el listado, aunque la capacitación la dé su dueño.
Tener los procedimientos solo en inglés. La norma los pide en español.
Dejar vencer el número de control. El trámite se presenta dentro de los sesenta días naturales previos al cierre del periodo.
Poner una válvula de cierre entre la caldera y su válvula de seguridad. La norma lo prohíbe.
Dar solo la parte teórica. La norma pide entrenamiento teórico-práctico, y la evaluación incluye entrevistas a trabajadores.
Checklist rápido NOM-020
¿Tienes listados todos tus equipos, con su categoría y su presión de calibración?
¿Cada equipo tiene su expediente?
¿Tus procedimientos de operación, revisión y mantenimiento están en español?
¿Las pruebas de presión de tus equipos de categoría II y III están dentro de plazo?
¿Tus equipos de categoría III tienen número de control vigente?
¿Tu plan de atención a emergencias incluye estos equipos?
¿Tus operadores han practicado el paro de emergencia, además de verlo en un curso?
Si alguna respuesta es no, empieza por ahí.
¿La que falló fue la última? Ahí te podemos ayudar: te explicamos cómo entrenar en realidad virtual el paro de emergencia y la respuesta a alarmas, con una réplica de tus propios equipos.
Preguntas frecuentes sobre la NOM-020-STPS
¿Qué es la NOM-020-STPS-2011?
Es la norma oficial mexicana que establece las condiciones de seguridad para el funcionamiento de recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas en los centros de trabajo, para prevenir riesgos a los trabajadores y daños a las instalaciones.
¿Sigue vigente la NOM-020-STPS-2011 en 2026?
Sí. Es la versión vigente. Se modificó en 2017 para permitir el aviso por medios electrónicos y precisar la vigencia de los dictámenes. En 2026 cambió el trámite ante la STPS, no el contenido de la norma.
¿Qué cambió en el trámite de la NOM-020 en 2026?
Desde el 1 de septiembre de 2026, los avisos de los equipos de categoría III se tramitan como una sola solicitud de número de control, con homoclave STPS-08-003. Se presenta con el formato de solicitud y el dictamen de evaluación de la conformidad, ya no se piden carta poder ni poder notarial y la STPS tiene 5 días hábiles para resolver.
¿Los tanques de aire comprimido entran en la NOM-020?
Sí. El tanque pulmón de un compresor es un recipiente sujeto a presión. Su categoría depende de la presión de calibración de su válvula de seguridad y de su volumen: con hasta 5 kg/cm² y hasta 500 litros es categoría I.
¿Cada cuánto se hacen las pruebas de presión?
En equipos de categoría II y III, al menos cada cinco años, dentro de los sesenta días naturales previos al cierre de cada quinquenio. La primera se hace antes de diez años del certificado de fabricación si el equipo es nuevo y lo tiene, o antes de ponerlo en funcionamiento si es usado o no tiene certificado.
¿Qué capacitación pide la NOM-020?
Entrenamiento teórico-práctico para quien opera, mantiene, repara o prueba equipos de categoría II y III: conceptos de presión y temperatura, límites seguros de operación, riesgos del fluido, procedimientos y operaciones de paro de emergencia, entre otros temas del capítulo 17.
¿La realidad virtual sustituye la práctica en la caldera real?
No. El simulador permite ensayar el arranque, el paro y la respuesta a emergencias sin riesgo y medir cada intento, pero la práctica supervisada en el equipo real sigue siendo necesaria.
¿LatAR emite el dictamen de la NOM-020 o la constancia DC-3?
No. El dictamen lo emite una unidad de verificación acreditada y aprobada, y la constancia DC-3 la expide tu empresa, un instructor interno acreditado o un agente capacitador externo registrado ante la STPS. LatAR desarrolla el simulador para la parte práctica del entrenamiento.
Una caldera avisa con números antes de fallar. El entrenamiento sirve para que alguien sepa leerlos a tiempo.
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